Respuesta a la reunión con responsables de la Consellería de Medio Rural y Mar
En referencia a la carta que os hemos enviado hace unos días, en la que os hablábamos de la reunión con las autoridades para tratar temas importantes de nuestro sector como son: las etiquetas identificativas, albaranes, sanciones administrativas y las vedas de pescados y mariscos, a continuación os detallamos los siguientes puntos:
Referente al punto nº 1 en el que hablamos de las etiquetas identificativas de las bacas de arrastre, las autoridades nos comentan que reconocen que dichas etiquetas aportan mucha más información que las de las hendiduras (venta de jurelo, sardina, parrocha, etc.), de modo que se tendrá en cuenta en el momento de una posible inspección. Pero que sigue siendo obligatorio por ley llevar albarán del producto como así lo estipula la Normativa Europea de Comercio. Queda pues en nuestras manos exigir a los subastadores y vendedores la entrega de albaranes, para poder evitar posibles sanciones administrativas.
Referente al punto nº 2 en el que hablamos sobre las vedas con respecto a las diferentes especies de pescados, os comentamos que tenemos la posibilidad de que lonjas nos remita esa información en el momento que las autoridades tomen la decisión de veda y así os podremos comunicar en el plazo posible la relación de especies vedadas. Tener en cuenta que la venta de pescados o mariscos en veda se considera falta muy grave y conlleva sanción administrativa y decomiso del producto y del vehículo si procediera (recordad que las vedas de las distintas clases de mariscos la tenemos expuesta en el sitio web de la asociación).
Referente al punto nº 3 en el que hablamos de las sanciones administrativas por la posible falta de documentación, os comentamos lo siguiente: llevar un solo documento del producto o especie (etiqueta o albarán) lo consideran falta leve y sancionable a la espera de poder demostrar la posterior factura, lo cual se tendrá en cuenta al valorar la sanción pero no llevar ningún documento acreditativo de la especie o producto se considera falta grave y retirada del producto con posible decomiso del vehículo si procediera.
Con respecto al reparto de especies de un mismo lote entre compañeros o familiares tendremos en cuenta lo siguiente: se nos permitirá el reparto siempre que lo anotemos en un albarán con los datos correspondientes : datos del repartidor, peso de la especie (kg cedidos), nº de albarán, nº de lote de la etiqueta identificativa de la especie o producto, nombre del receptor y nombre de destino de la mercancía, lo cual no nos exime de aportar la etiqueta identificativa y la posterior factura en caso de posible inspección, por lo que debemos exigir siempre los albaranes correspondientes.
Es motivo de sanción administrativa la exposición y venta de especies ovadas como la centolla y la nécora fuera de veda: solo se permite la venta de especies ovadas como la cigala, el camarón y el percebe. Por lo tanto debemos excluir del lote en el momento de la compra las piezas ovadas.